Nuestras políticas

Código de Ética y Conducta en los Negocios

INTRODUCCION

UPBRANDS está comprometida con la construcción de una cultura corporativa de transparencia e integridad, basada en el comportamiento ético y el cumplimiento de las leyes.

El Código de Conducta de UPBRANDS refleja dicha cultura, además de inspirar y orientar las acciones de todos los empleados y proveedores de la compañía.

UPBRANDS considera que solo es posible cumplir estos exigentes estándares de integridad y transparencia estableciendo reglas comunes, aplicables no solo a todos los empleados, funcionarios y directores, sino también a aquellos terceros con los que la compañía interactúa en el desarrollo de sus actividades comerciales. Dado que el compromiso y el cumplimiento de estas normas comunes por parte de los proveedores y empleados de UPBRANDS es esencial para garantizar la concreción de los objetivos y expectativas de la compañía sobre conductas éticas, transparentes y correctas, UPBRANDS ha desarrollado el presente Código de Conducta y Etica en los Negocios, que será aplicable tanto a dichos proveedores como a sus propios empleados, funcionarios, directores o representantes autorizados, sin excepción, respecto de cualquier operación o negocio que involucre a UPBRANDS.

El cumplimiento diligente y sistemático de las disposiciones establecidas en el Código de Conducta y Etica en los Negocios será tenido en cuenta en la selección, retención y evaluación de empleados y proveedores. Los mismos serán responsables de que se apliquen los principios contemplados en el presente Código, aun en los proveedores y sus relaciones con los subproveedores con los que trabajan, en la medida en que participen de cualquier modo en las operaciones o negocios con UPBRANDS.

Bajo ninguna circunstancia los empleados y proveedores deberán acatar una orden, solicitud o instrucción que pudiera constituir un incumplimiento o violación de las disposiciones del presente Código.

A los fines de este Código de Conducta y Etica en los Negocios, “Proveedores” incluye a cualquier persona o entidad que preste servicios o provea cualquier tipo de bienes a UPBRANDS o sus subsidiarias, ya sea que actúen o no en nombre de UPBRANDS o de dichas subsidiarias, incluyendo, a mero título enunciativo, vendedores o proveedores de cualquier nivel, agentes, intermediarios, representantes de ventas, consultores, distribuidores, u otros contratistas.

Se solicita a los empleados y proveedores un acuse de recibo del presente Codigo de conducta y ética en los negocios.

  1. EXPECTATIVAS Y OBLIGACIONES
  • CONFLICTO DE INTERESES

Los Proveedores deben evitar cualquier interacción con empleados de UPBRANDS que pueda dar lugar a un conflicto, o a un potencial conflicto, respecto de los intereses de UPBRANDS.

Por ejemplo, los Proveedores no deben contratar, o por otra parte, efectuar pagos a ningún empleado de UPBRANDS durante el desarrollo de una transacción entre dicho Proveedor y UPBRANDS. En caso de que exista una relación de parentesco entre un empleado del Proveedor y un empleado de UPBRANDS (por ejemplo, cónyuge, padre, hermano, abuelo, hijo, nieto, familiar político, etc.), o si un empleado del Proveedor mantiene otro tipo de relación con un empleado de UPBRANDS que pudiera representar un conflicto de intereses, el Proveedor debe informar tal circunstancia a la compañía.

Cualquier conflicto de intereses que involucre a un empleado de UPBRANDS debe ser debidamente informado por escrito, para lo cual el Proveedor debe ponerse en contacto con el Oficial de Cumplimiento de UPBRANDS.

Los empleados de UPBRANDS deben especialmente atender a lo comentado en este párrafo y son responsables solidariamente con los proveedores en infracción.

  1. OBSEQUIOS, COMIDAS, ENTRETENIMIENTO

Los Proveedores no deben ofrecer ningún obsequio1, viaje, comida o actividad de entretenimiento a ningún empleado de UPBRANDS en circunstancias que pudieran influenciar las decisiones de dicho empleado respecto del Proveedor, o que pudieran interpretarse en tal sentido. En determinadas circunstancias, sin embargo, los Proveedores podrán ofrecer modestos regalos, comidas o actividades de entretenimiento a los empleados de UPBRANDS, toda vez que no violen ninguna de las normas dispuestas y:

– no se trate de dinero en efectivo o equivalentes;

– sea acorde a las prácticas habituales de negocios y a las políticas de la compañía del Proveedor;

– no sea frecuente ni costoso.

Los empleados de UPBRANDS deben especialmente atender a lo comentado en este párrafo y son responsables solidariamente con los proveedores en infracción.

1 El término “obsequio” se refiere a cualquier elemento de valor, lo que puede incluir, entre otros, cualquier tipo de gratificación, ventaja (por ejemplo, permitir el uso de vehículos o instalaciones), efectivo o equivalentes, viajes, alojamiento, comidas, entretenimientos, incentivos de cualquier tipo, préstamos, recompensas, facilitar instalaciones o servicios a un valor inferior al costo total, contratación o continuidad de servicios y cualquier otra ventaja o beneficio de cualquier naturaleza (ya sea que constituya, o derive de, fondos o activos corporativos, o fondos o activos personales o de terceros).

III. SOBORNO Y COHECHO

Los Proveedores no deben ser parte de ningún esquema de cohecho comercial o soborno, ni ofrecer ningún tipo de incentivo a ningún empleado de UPBRANDS, ni a familiares o amigos de empleados de UPBRANDS, con el fin de obtener o conservar un negocio.

Los Proveedores deben cumplir con todas las leyes anticorrupción aplicables en el país donde se celebre, se otorgue o se dé cumplimiento al respectivo contrato, y, asimismo, deben observar todas las leyes locales en materia de actos de cohecho.

Los empleados de UPBRANDS deben especialmente atender a lo comentado en este párrafo y son responsables solidariamente con los proveedores en infracción.

  1. REGISTROS CONTABLES Y COMERCIALES

Mantener información y registros precisos y confiables es esencial para el cumplimiento de las obligaciones financieras, legales y administrativas de UPBRANDS y necesario para reflejar debidamente las actividades de la compañía. Los Proveedores deben llevar registros precisos de todas las cuestiones vinculadas con sus relaciones comerciales con UPBRANDS. Esto implica registrar en forma debida, completa y oportuna todos los gastos y pagos, y garantizar la disponibilidad de toda la documentación correspondiente que respalde dichos registros. Los Proveedores de ningún modo deben obstaculizar, dilatar, entorpecer o de cualquier otra forma dificultar el procesamiento de la documentación contable en forma debida y oportuna por parte de UPBRANDS. La alteración o manipulación de cualquier documento de un modo que pudiera afectar la transparencia y precisión de los registros se considerará una violación grave.

  1. USO DE LOS ACTIVOS DE UPBRANDS

Cuando la prestación de servicios, la provisión de bienes o el cumplimiento de sus obligaciones de cualquier otro modo exija el uso de bienes, suministros, equipos y otros activos de UPBRANDS, los Proveedores deben actuar de manera responsable y garantizar que dichos activos serán utilizados por personas debidamente autorizadas y para los fines previstos.

Los Proveedores deben proteger y usar de manera responsable los bienes y otros activos tangibles e intangibles propiedad de UPBRANDS. Los Proveedores no deben utilizar ninguna marca comercial ni ningún otro tipo de propiedad intelectual de la compañía, a menos que cuenten con una autorización expresa por escrito de UPBRANDS.

  1. USO DE RECURSOS TECNOLÓGICOS

Cuando la prestación de servicios, la provisión de bienes o el cumplimiento de sus obligaciones de cualquier otro modo exija el uso de equipos, sistemas y dispositivos tecnológicos de UPBRANDS, los Proveedores deben emplear dichos elementos únicamente para aquellos fines autorizados por UPBRANDS o que se relacionen en forma directa con el cumplimiento del objeto de los acuerdos correspondientes.

Los Proveedores que operen recursos tecnológicos de UPBRANDS deben conocer las restricciones aplicables a los usuarios y no deben violar los acuerdos y autorizaciones correspondientes, ni efectuar acto alguno que pudiera comprometer la responsabilidad de UPBRANDS o generar responsabilidad alguna por parte de UPBRANDS respecto de terceros o de cualquier autoridad gubernamental.

Los recursos tecnológicos de UPBRANDS se deben utilizar de acuerdo con las normas aplicables y políticas de la compañía.

UPBRANDS tiene el derecho a monitorear, en cualquier momento y sin aviso, el uso de sus recursos de información tecnológica, y por ende, a acceder, revisar, copiar o capturar archivos, documentos, registros, base de datos, mensajes electrónicos, actividad en internet y cualquier otra información generada a través del uso de los recursos de información tecnológica de UPBRANDS. En igual sentido, los usuarios de los recursos de información tecnológica de UPBRANDS no deben tener expectativas de privacidad en relación a la información o comunicaciones que sean generadas o transmitidas a través de, o almacenadas en los recursos de información tecnológica de UPBRANDS.

La información y los datos almacenados dentro de las instalaciones de UPBRANDS y los recursos de información tecnológica (incluyendo las computadoras) son propiedad de UPBRANDS y, en consecuencia, UPBRANDS puede decidir sobre la provisión de esta información a las autoridades u otros terceros si lo considera apropiado o necesario.

VII. PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN. USO LEGÍTIMO.

Los empleados y los proveedores de UPBRANDS deben mantener la confidencialidad de toda la información a la que tengan acceso en el desempeño de sus tareas, prestación de servicios o provisión de bienes a UPBRANDS, aun cuando no sea información clasificada o no trate específicamente sobre UPBRANDS, y deben tomar las acciones necesarias para evitar su uso indebido, robo, fraude o divulgación inadecuada.

En todos los casos, los empleados y proveedores deben usar la información que reciben o a la que tengan acceso, en forma legítima, para el fin específico para el que fue revelada, recibida u obtenida, y de conformidad con las leyes aplicables. UPBRANDS no tolerará ningún tipo de uso indebido, deshonesto, no autorizado, ilegal o inadecuado de ningún tipo de información, aun cuando ello pudiera implicar un beneficio o ventaja para UPBRANDS.

VIII. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Los empleados y los proveedores deben proteger, preservar y respetar los derechos de propiedad intelectual de UPBRANDS. Estos derechos incluyen, entre otros, titularidad sobre planos, sistemas, procedimientos, metodologías, cursos, informes, proyecciones o ilustraciones a los que los empleados y los proveedores tengan acceso en el desarrollo de su relación comercial con UPBRANDS.

  1. DENUNCIA DE CONDUCTAS INDEBIDAS

En caso de que un empleado o proveedor tenga conocimiento sobre algún tipo de conducta ilegal o indebida, o una potencial violación de las disposiciones del presente Código de Conducta y Etica en los Negocios por parte de un empleado de UPBRANDS, cualquier persona que actúe en nombre de UPBRANDS, cualquier empleado o representante o subcontratista del Proveedor vinculado con la prestación de servicios o provisión de suministros a la compañía, debe informarlo a UPBRANDS.

Dicho informe debe efectuarse a través de un mail dirigido al Oficial de Cumplimiento.

La relación del empleado o proveedor con UPBRANDS no se verá afectada por un informe honesto vinculado con un acto de conducta indebida.

Ante cualquier consulta o denuncia deberá contactar a ignacio@upbrands.agency

  1. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES

Los Proveedores tienen la responsabilidad de garantizar que sus directores, funcionarios, empleados y subcontratistas, representantes o agentes comprendan y cumplan las reglamentaciones y normas vigentes, como así también la legislación regional y nacional, en la medida que resulte aplicable al acuerdo pertinente entre las partes o a la relación comercial que corresponda.

  1. SALUD Y SEGURIDAD

Los empleados, los proveedores y subcontratistas de UPBRANDS deben promover un entorno de trabajo seguro y saludable a fin de evitar accidentes y daños a la salud que pudieran ocurrir durante el desarrollo de las actividades laborales, o como resultado de la operación de las instalaciones del empleador, o que pudieran derivar o relacionarse de algún modo con dichas actividades u operación.

Asimismo, cualquier representante del Proveedor que preste servicios en forma presencial en las instalaciones de UPBRANDS debe cumplir todos los estándares de la compañía en materia de salud y seguridad.

XII. RELACIONES LABORALES Y DERECHOS HUMANOS

UPBRANDS mantiene el compromiso de llevar a cabo todas sus operaciones de forma consistente con los principios de derechos humanos aplicables a las actividades comerciales y contempladas en el marco de la Declaración UPBRANDS de Derechos Humanos. UPBRANDS espera que sus Proveedores adecuen sus acciones a los mismos estándares a los que UPBRANDS también se compromete.

Los Proveedores deben dar cumplimiento a los principios articulados en la Declaración de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de la OIT (Organización Internacional del Trabajo). Entre ellos se incluye la prohibición contra el trabajo infantil, el trabajo forzado y las conductas discriminatorias, como así también el reconocimiento de los derechos a la libertad de asociación y a la negociación colectiva.

UPBRANDS valora y respeta las culturas y tradiciones de las comunidades en las que desempeña sus tareas y trabaja activamente considerando las cuestiones de salud, seguridad, medioambiente, derechos humanos y bienestar económico de dichas comunidades en todas sus operaciones, y espera que sus proveedores y empleados mantengan, respeten y promuevan dichos valores en todas las transacciones y negocios que lleven adelante con UPBRANDS.

XIII. DISCRIMINACIÓN Y ACOSO

UPBRANDS mantiene el compromiso de crear y mantener un ambiente de trabajo en el que todos sus empleados tengan oportunidades de crecimiento y desarrollo y puedan contribuir plenamente al éxito de la compañía. En dicho contexto, bajo ninguna circunstancia se tolerarán hechos de acoso, acoso sexual, intimidación o discriminación respecto de ningún empleado.

Los proveedores y empleados de UPBRANDS no realizarán actos de discriminación respecto de ninguna persona en el transcurso de la relación laboral, incluyendo contratación, salario, beneficios, ascensos, disciplina, fin de la relación laboral o retiro, por razones de género, raza, religión, edad, discapacidad, orientación sexual, nacionalidad, opinión política, u origen social o étnico.

Los Proveedores y subcontratistas de UPBRANDS deben tratar a sus empleados con respeto y dignidad. Ningún empleado estará sujeto a ningún tipo de abuso o acoso, ya sea físico, sexual o psicológico, y todos tienen la obligación de evitar cualquier forma de acoso.

XIV. MEDIOAMBIENTE

UPBRANDS busca lograr mejoras continuas en términos ambientales, concentrando sus esfuerzos en aquellas áreas con mayor impacto. UPBRANDS se empeña en cumplir tanto con el espíritu como con las disposiciones de las leyes y reglamentaciones ambientales aplicables y espera una actitud similar por parte de todos los empleados y proveedores. Cuando no existan normas estipuladas, los empleados y proveedores deben ajustar sus acciones a estándares elevados.

Los Proveedores deben empeñarse activamente en aumentar el impacto positivo y limitar los efectos negativos para el medioambiente y la sociedad tanto de sus operaciones como de la cadena de suministro, a partir del establecimiento de planes ambientales centrados en los efectos críticos.

El alcance de dichos planes debe ser adecuado en relación con la naturaleza de la actividad del Proveedor y los riesgos vinculados con tal actividad.

  1. ANTILAVADO DE DINERO

UPBRANDS espera que sus proveedores cumplan con las leyes y reglamentaciones contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. En relación con cualquier actividad comercial realizada con UPBRANDS, los proveedores no deben participar en ninguna actividad que utilice a UPBRANDS para lavar dinero o financiar el terrorismo.

XVI. SANCIONES COMERCIALES

UPBRANDS espera que sus proveedores cumplan con las leyes y reglamentaciones sobre sanciones comerciales aplicables de los países en los que realiza negocios. En relación con el negocio que hace con UPBRANDS, los proveedores deben abstenerse de participar en cualquier transacción con una parte, país o región sancionados (a menos que el Departamento Legal de UPBRANDS autorice lo contrario), o utilizar a otra parte para llevar a cabo cualquier actividad que no se pueda realizar legalmente directamente debido a las prohibiciones de las sanciones comerciales.

XVII. EVALUACIÓN Y CONTROL DE PROVEEDORES

La aceptación y cumplimiento sistemático de las disposiciones del presente Código es parte integral del procedimiento de gestión y evaluación de los proveedores y empleados de UPBRANDS. De conformidad con el enfoque basado en riesgos adoptado por UPBRANDS, la compañía puede solicitar a los Proveedores autorizaciones específicas o complementarias y exigir el cumplimiento de medidas adicionales para verificar la observación de las disposiciones de este Código.

De existir algún servicio no conforme el Team Líder de Calidad de UPBRANDS lo dejará asentado en el RDP05R1 HISTORIAL DE PROVEEDORES (Libro de quejas) y lo notificará al proveedor mediante el RDP05R2 DETECCION DE PROBLEMAS, el cual deberá ser completado y remitido en un plazo NO MAYOR a 10 días.

Por otro lado los proveedores serán evaluados anualmente (o cuando UPBRANDS lo considere necesario) y dicha calificación será comunicada a los mismos con el objeto de trabajar de manera conjunta en la mejora continua de los servicios prestados.

Crecemos juntos

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FAQs

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¿Cuál es el costo de sus servicios?

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¿Cuál es la forma de pago de sus servicios?

En caso de trabajar en desarrollo de software, con modalidad de trabajo llave en mano, en términos generales nuestra agencia cobra una seña equivalente al 25% del presupuesto total a la firma del contrato comercial, una segunda cuota del 25% al llegar a la mitad del proyecto, y el saldo restante contra entrega del mismo.

En proyectos en lo que trabajamos por hora, o con un abono, los mismos serán facturados el primer día hábil del mes, con vencimiento a 10 días.

Recibimos pagos por transferencia bancaria SWIFT, o local en Argentina y/o Uruguay.

Nuestra empresa está radicada en la República Argentina. Para clientes Argentinos emitimos únicamente facturas A o B. Para clientes fuera de Argentina, emitimos factura de exportación.

En Argentina, contamos con financiamientos especiales con determinados bancos.

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